Ventajas al Colegiarte a

Ser Agente de la Propiedad Inmobiliaria colegiado significa pertenecer al colectivo de profesionales inmobiliarios reconocidos por el Ministerio de Fomento, el Ministerio de Justicia, y sobre todo por la sociedad.

 

La colegiación le daría derecho a lo siguiente:
- Disponer de toda la ayuda y asesoramiento que necesitara en su actividad, así como toda la información.

- Acceso a la Intranet informativa del Colegio con toda la información para los colegiados.

- Participar en las actividades formativas del Colegio y acogerse a las condiciones especiales en todos los cursos de formación impartidos a través del COAPI.
- Acogerse a todos los convenios de colaboración suscritos por nuestro Colegio, por el Consejo Andaluz del COAPI, y por el Consejo General del COAPI.

- Utilizar la marca y sus logos para darle prestigio a su actividad (sólo colegiados ejercientes).

- Carné profesional (sólo colegiados ejercientes).

-  Diploma de colegiación (sólo colegiados ejercientes).

- Optativo: carné de perito judicial inmobiliario y sello de caucho (sólo colegiados ejercientes).

- Formar parte del turno de peritos judiciales para hacer tasaciones y su inclusión en el Registro General de Tasadores de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria dependiente del Consejo General del COAPI, siempre que estuviera interesado en ello (sólo colegiados ejercientes).

- Acogerse a la póliza de responsabilidad civil que tiene el colegio en condiciones muy ventajosas

- Dirección de correo electrónico corporativo del tipo nombre@coapihuelva.com

- Condiciones especiales para la utilización del Salón de Actos del Colegio, para usos profesionales.

 

- Optativo certificaciones profesionales sólo colegiados ejercientes:

 

Agente Colegiado de la Propiedad Inmobiliaria.
Observaciones: Certifica esta condición, para lo cual será preceptivo su situación actual de alta como colegiado. Podrá solicitarlo cualquier colegiado con independencia de la fecha de su alta, y a través de su colegio correspondiente.

 

Perito Tasador de la Propiedad Inmobiliaria.

Observaciones: Certifica esta condición, para lo cual será preceptivo el alta en el Registro General de Tasadores (RGT), de los COAPI de España.
El alta conlleva la expedición de Carné y sello (cuyo coste actual es de 45.-€)

 

Mediador (De conformidad con la Ley 5/2.012 de 6 de julio, de Mediación de asuntos Civiles y Mercantiles).

Observaciones: Certificará esta condición, para lo cual será preceptivo reunir los requisitos legales y solicitar el alta en el Registro de la Institución de solución de conflictos inmobiliarios, Mediación y Arbitraje (Apima), creada por el Consejo General. El coste del alta aun no está determinado (registro, carné y sello identificativo).





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